La reagrupación familiar y la residencia como familiar de ciudadano de la Unión Europea tienen requisitos diferentes. En esta guía te explicamos cómo identificar tu caso y dónde consultar los trámites oficiales sin perderte.
Antes de empezar
- Comprueba si el familiar que reside en España es extranjero con residencia legal o ciudadano de la Unión.
- Reúne pasaporte, NIE, certificados de parentesco y documentos sobre vivienda, ingresos y seguro cuando correspondan.
- Los documentos extranjeros pueden necesitar traducción jurada, legalización o apostilla.
- Revisa la provincia competente y si la solicitud debe presentarla el reagrupante, el familiar o un representante.
¿Qué caso es el tuyo?
- Reagrupación familiar: para determinados familiares de una persona extranjera residente legal en España.
- Familiar de ciudadano de la Unión: para cónyuge, pareja registrada, descendientes o ascendientes que cumplan las condiciones.
- Entrada desde el extranjero: puede requerir visado antes de viajar, según la nacionalidad y el supuesto.
- Solicitud desde España: algunos familiares pueden solicitar su tarjeta o autorización dentro del plazo correspondiente.
Importante
La relación familiar por sí sola no garantiza la autorización. Se comprueban requisitos de parentesco, convivencia, medios económicos, vivienda, seguro y situación administrativa según el procedimiento. Puede ser necesaria una cita para huellas o recogida de la tarjeta.
Contacto rápido
060: información general de la Administración.
Oficina de Extranjería: consulta el canal oficial de tu provincia.
112: solo para emergencias.
Fecha de comprobación: 6 de octubre de 2026. Comprueba siempre los requisitos vigentes en la sede oficial antes de presentar la solicitud.