El valor de referencia es un dato del Catastro que puede utilizarse como base en determinados impuestos relacionados con la compra, herencia o transmisión de un inmueble. Este artículo corresponde al Nivel 6: Vivienda, inmuebles y Catastro de nuestra guía.
Qué puedes consultar
- Valor de referencia: consultar el valor asignado por el Catastro para un inmueble.
- Ejercicio: revisar el año al que corresponde el valor.
- Inmueble urbano o rústico: elegir el tipo de inmueble correcto.
- Información de apoyo: consultar mapas, preguntas frecuentes y procedimiento de cálculo.
Pasos para consultar el valor
- Localiza la referencia catastral del inmueble.
- Accede al apartado oficial de Valor de Referencia.
- Identifícate con Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
- Selecciona el ejercicio y el tipo de inmueble.
- Introduce la referencia catastral y descarga el resultado.
Accesos directos oficiales
Consultar valor de referenciaBuscar referencia catastralMapas y datos catastrales
Importante
El valor de referencia no es necesariamente el precio de mercado ni sustituye al valor catastral. Puede influir en la tributación de una compraventa, herencia o donación. Si no estás de acuerdo, consulta con la administración tributaria el procedimiento de alegación o rectificación que corresponda.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo valor de referencia y valor catastral?
No. Son conceptos diferentes y pueden tener usos fiscales distintos.
¿Qué necesito para consultarlo?
Normalmente necesitarás la referencia catastral y un sistema de identificación electrónica admitido por el Catastro.
¿Puedo reclamar el valor de referencia?
En determinados impuestos existen vías para impugnar o rectificar el valor aplicado. Consulta el procedimiento oficial y los plazos.
Qué relación tiene con otros datos catastrales
Antes de consultar el valor de referencia conviene localizar la referencia catastral, el mapa y los datos del inmueble. Si necesitas acreditar tus bienes, también puedes consultar el artículo sobre certificaciones catastrales e inmuebles propios.
La consulta debe hacerse para el ejercicio fiscal correspondiente y con los datos correctos del inmueble. Si la operación es una compraventa, herencia o donación, revisa además las instrucciones de la comunidad autónoma y conserva el certificado o justificante descargado.
Organismo responsable: Dirección General del Catastro.
Coste: la consulta online es gratuita.
Última revisión: septiembre de 2026.